CAP.
IX-X
IX-X
Ley 55/2003 · Estatuto Marco
Retribuciones, jornada y permisos
Contenido muy práctico: cómo se cobra y cómo se organiza el tiempo de trabajo del personal estatutario, incluyendo descansos y permisos.
Capítulo IX
Retribuciones
- BÁSICASSueldo y trienios, según la categoría y el nivel de titulación exigido.
- COMPLEMENTARIASComplemento de destino, específico y de productividad, adaptados a las peculiaridades del sector sanitario.
Capítulo X
Jornada de trabajo, permisos y licencias
Se divide en dos secciones: tiempo de trabajo y régimen de descansos (arts. 46-59), y jornadas parciales, fiestas y permisos (arts. 60-61). Traspone al sector sanitario directivas europeas sobre ordenación del tiempo de trabajo y protección de la seguridad y salud de los trabajadores.
La jornada de trabajo del personal estatutario tiene peculiaridades específicas por turnos y nocturnidad que no existen en el régimen general de la Función Pública: no confundas ambos regímenes en el examen.
Detalle práctico
Permisos más frecuentes
- MATRIMONIOPermiso retribuido de duración fijada por convenio o pacto, habitualmente entre 15 y 20 días naturales.
- MATERNIDAD/PATERNIDADSe remiten a la legislación estatal general (Estatuto de los Trabajadores y normativa de función pública), no a un régimen propio y distinto.
- ASUNTOS PROPIOSDías de libre disposición que cada servicio de salud regula en su calendario laboral anual.
- FORMACIÓNPermisos para concurrir a exámenes y pruebas de aptitud, y para asistir a cursos de formación continuada.