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Cap. IX-X: retribuciones, jornada y permisos

CAP.
IX-X

Ley 55/2003 · Estatuto Marco

Retribuciones, jornada y permisos

Contenido muy práctico: cómo se cobra y cómo se organiza el tiempo de trabajo del personal estatutario, incluyendo descansos y permisos.

Capítulo IX

Retribuciones

  • BÁSICASSueldo y trienios, según la categoría y el nivel de titulación exigido.
  • COMPLEMENTARIASComplemento de destino, específico y de productividad, adaptados a las peculiaridades del sector sanitario.

Capítulo X

Jornada de trabajo, permisos y licencias

Se divide en dos secciones: tiempo de trabajo y régimen de descansos (arts. 46-59), y jornadas parciales, fiestas y permisos (arts. 60-61). Traspone al sector sanitario directivas europeas sobre ordenación del tiempo de trabajo y protección de la seguridad y salud de los trabajadores.

La jornada de trabajo del personal estatutario tiene peculiaridades específicas por turnos y nocturnidad que no existen en el régimen general de la Función Pública: no confundas ambos regímenes en el examen.

Detalle práctico

Permisos más frecuentes

  • MATRIMONIOPermiso retribuido de duración fijada por convenio o pacto, habitualmente entre 15 y 20 días naturales.
  • MATERNIDAD/PATERNIDADSe remiten a la legislación estatal general (Estatuto de los Trabajadores y normativa de función pública), no a un régimen propio y distinto.
  • ASUNTOS PROPIOSDías de libre disposición que cada servicio de salud regula en su calendario laboral anual.
  • FORMACIÓNPermisos para concurrir a exámenes y pruebas de aptitud, y para asistir a cursos de formación continuada.